Madera en rollo: masas máximas de 32 a 57 t en el Anexo IX
La Orden PJC/780/2025 subió las masas máximas de muchos conjuntos de transporte y, además, dejó cifras propias para quien carga troncos: hasta 52 toneladas con cinco ejes y 57 con seis o más. Hay una condición de distancia y un límite técnico que no se puede saltar. Así se lee el texto del BOE.
Qué considera el Reglamento «madera en rollo»
El Anexo IX del Reglamento General de Vehículos (Real Decreto 2822/1998), modificado por la Orden PJC/780/2025, de 21 de julio, publicada en el BOE el 23 de julio de 2025, define la madera en rollo como la carga formada por los troncos de los árboles apeados, sin copa y desramados, más las ramas obtenidas por corte. El propio texto aclara que no se consideran madera en rollo unidades más pequeñas como la corteza, las astillas, el serrín o similares.
Consecuencia práctica: el régimen especial sirve para un camión que transporta troncos, no para uno de astilla o biomasa, que se rige por las masas generales.
Masas generales y masas con madera en rollo, una a una
La Tabla 2 del anexo da la masa máxima autorizada de cada configuración y, mediante notas al pie, una cifra superior si el vehículo transporta madera en rollo. Estas son las que afectan a un maderero:
- Vehículo de motor rígido de 3 ejes: 25 t con carácter general (la tabla da 26 t si el eje motor lleva neumáticos dobles y suspensión neumática o equivalente). Con madera en rollo: 32 t.
- Otros vehículos rígidos de 4 ejes: 31 t, y 42 t con madera en rollo.
- Tren de carretera de 2 ejes con remolque de 2 ejes (4 ejes en total): 36 t, y 42 t con madera en rollo.
- Articulado de 5 o más ejes (motor de 2 o más ejes con semirremolque de 3 o más, o motor de 3 ejes con semirremolque de 2): 44 t, y con madera en rollo 52 t con cinco ejes y 57 t con seis o más.
- Tren de carretera de 5 o más ejes (motor de 2 ejes con remolque de 3: 42 t; motor de 3 ejes con remolque de 2 o 3: 44 t): con madera en rollo, también 52 t con cinco ejes y 57 t con seis o más.
La condición de los 150 kilómetros
Las cifras superiores no son libres. La nota al pie las limita a los casos en que el transporte se hace en recorridos predeterminados entre provincias limítrofes o en distancias no superiores a 150 kilómetros entre el bosque y la industria forestal más próxima. Fuera de esa condición, valen las masas generales de la tabla.
La orden no detalla en ese anexo cómo se acredita el recorrido predeterminado ni cómo se documenta. No lo damos por sabido: antes de cargar con las cifras altas, confirma con tu gestor de transporte y con la Jefatura Provincial de Tráfico qué documentación esperan en un control.
El límite que manda sigue siendo el técnico
Que el Reglamento permita 57 t no significa que tu camión pueda llevarlas. La Orden conserva los límites por eje de la Tabla 1: 12 t en un eje motor simple; en un tándem de vehículo de motor, 16 t con separación de 1,00 a 1,30 m, 18 t de 1,30 a 1,80 m y 19 t si el eje motor lleva neumáticos dobles y suspensión neumática o equivalente; en remolques y semirremolques, tándem de 20 t con separación igual o superior a 1,80 m y tándem triaxial de 27 t si la separación está entre 1,30 y 1,40 m.
Además, la Disposición transitoria segunda dice que los vehículos pueden circular con las nuevas masas sin anotarlas en la tarjeta ITV hasta su primer paso por la inspección periódica. En esa inspección, a solicitud del titular, se anotan las nuevas masas siempre que sean iguales o inferiores a la masa máxima técnicamente admisible de la tarjeta; después hay que pedir un nuevo permiso de circulación. Las nuevas masas del anexo entraron en vigor a los tres meses de la publicación, en octubre de 2025.
Otras reglas del Anexo IX que afectan a un maderero
- Eje motor con menos del 25 % de la masa: el apartado 2.1.7 lo prohíbe con carácter general, pero exceptúa a los conjuntos que transportan madera en rollo, siempre que el conjunto lleve peso suficiente sobre el eje motor para arrancar en pendientes del 8 %.
- Dimensiones: anchura de 2,55 m y altura de 4,00 m incluida la carga; longitud de 12,00 m en rígido, 16,50 m en articulado y 18,75 m en tren de carretera. La altura de 4,50 m se reserva a otros supuestos (portavehículos, contenedores, animales vivos, paja, suministros a industrias a menos de 50 km) y no incluye la madera.
- Tren de carretera: el apartado 2.1.6 prohíbe circular si la distancia entre el eje posterior del vehículo motor y el delantero del remolque es inferior a 3,00 m.
Qué mirar al comprar un maderero usado con estas cifras
- La masa máxima técnicamente admisible del camión y del remolque en la documentación del país de origen: es el techo real, no la del Reglamento.
- Número de ejes y separaciones entre ellos, porque de eso dependen la fila de la tabla y los límites por eje.
- La tara real con grúa y teleros montados, pesada en báscula: cada tonelada de equipo es una tonelada menos de troncos.
- Eje motor con neumáticos dobles y suspensión neumática, que cambia los límites por eje de la Tabla 1.
Un camión N3 no tributa por el impuesto de matriculación por no sujeción (art. 65.1.a), 1.º de la Ley 38/1992), y su ITV es anual por encima de 3.500 kg y semestral desde los diez años. En la compra, IVA si vende un profesional e ITP si vende un particular, nunca ambos.
Preguntas frecuentes
¿Las 57 toneladas valen para un camión de astilla o biomasa?
No. El Reglamento define la madera en rollo como troncos apeados, sin copa y desramados, más las ramas cortadas, y excluye expresamente corteza, astillas y serrín. Un camión de astilla se rige por las masas generales de la tabla.
¿Hay que anotar las nuevas masas en la tarjeta ITV?
No de inmediato. Según la Disposición transitoria segunda puedes circular con las nuevas masas hasta el primer paso por la ITV periódica; allí se anotan a solicitud del titular si no superan la masa máxima técnicamente admisible de la tarjeta.
¿Se puede superar la altura de 4 metros con madera?
La altura general de 4,00 m incluye la carga. Los 4,50 m del anexo están reservados a supuestos concretos entre los que no figura la madera en rollo.
Conclusión
El Anexo IX da al transporte de troncos cifras propias de 32 a 57 toneladas, pero las liga a una distancia máxima, a la definición de madera en rollo y al techo técnico de cada vehículo. Comprar un camión por la cifra del Reglamento sin mirar su tarjeta es el error que conviene evitar.
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Este artículo ha sido elaborado con asistencia de inteligencia artificial y revisado por el equipo editorial de Truckalyze.
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