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IEDMT, IVA e ITP en un vehículo de lavandería importado: cuadro para furgón N1, camión N2 y remolque

Una lavandería que amplía su flota se enfrenta siempre a la misma pregunta: cuánto suma la fiscalidad. La respuesta depende de tres cosas: la categoría del vehículo (N1, N2 o remolque), quién te lo vende y de dónde viene. Aquí va el cuadro completo, sin mezclar impuestos que no van juntos.

28 de noviembre de 2026 8 min de lectura
IEDMT, IVA e ITP en un vehículo de lavandería importado: cuadro para furgón N1, camión N2 y remolque

Primero, la categoría

  • Furgón o furgoneta de reparto hasta 3,5 t (N1): el IEDMT solo queda no sujeto si acreditas una afectación significativa a la actividad económica, que se presume con IVA deducible de al menos el 50 %. La DGT lo admite también con pruebas alternativas a la deducción del IVA (consulta vinculante V3156-20). Sin afectación se tributa por emisiones de CO2 (0 % hasta 120 g/km; 4,75 % de 121 a 159; 9,75 % de 160 a 199; 14,75 % desde 200).
  • Camión rígido por encima de 3,5 t (N2 o N3): no sujeto a IEDMT por categoría (art. 65.1.a de la Ley 38/1992), sea cual sea el combustible o el uso.
  • Remolque sin motor: no sujeto a IEDMT. No es una exención, es que no hay hecho imponible al carecer de motor propio.

Después, el vendedor: IVA o ITP, nunca los dos

Si compras a un profesional o concesionario de un país de la UE, la operación va con IVA según las reglas de la adquisición intracomunitaria. Si compras a un particular, se paga ITP por el modelo 620, con un tipo que va del 3 al 8 % según la comunidad autónoma. Nunca se aplican los dos sobre la misma compra. Confirma con tu gestor cómo se documenta en tu caso.

Y si el vehículo viene de fuera de la UE

En vehículos comerciales de origen no UE (Reino Unido, Suiza, Estados Unidos y otros), no valen los porcentajes de turismos. El arancel depende de la partida aduanera del vehículo: consúltala en TARIC o con un agente de aduanas. Se paga IVA del 21 % a través del DUA y nunca ITP. Si el país tiene un acuerdo comercial con la UE, el arancel puede ser distinto; confírmalo con el agente.

El error clásico es aplicar a un furgón el tipo del turismo o sumar IVA e ITP. Ninguna de las dos cosas es correcta.

Cómo se ve en un ejemplo sin cifras inventadas

Un furgón N1 comprado a un concesionario alemán: IVA, sin ITP y IEDMT no sujeto si acreditas la afectación. Un camión rígido N2 comprado a un particular: ITP, sin IVA e IEDMT no sujeto por categoría. Un remolque de reparto sin motor: no sujeto a IEDMT y con IVA o ITP según el vendedor. No damos cifras de precios porque dependen de cada vehículo.

Dinos qué vehículo quieres, quién lo vende y de qué país, y en Truckalyze te calculamos el coste total con la fiscalidad correcta.

Este artículo ha sido elaborado con asistencia de inteligencia artificial y revisado por el equipo editorial de Truckalyze.

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