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Fiscalidad de importar un camión o furgón de arte desde la UE: IEDMT, IVA e ITP sin confusiones

Comprar un camión de arte en Alemania, Bélgica o Países Bajos no es solo un tema de precio: los impuestos pueden cambiar el coste final y los errores se pagan. Este artículo ordena los cuatro conceptos que más se confunden.

11 de septiembre de 2026 9 min de lectura
Fiscalidad de importar un camión o furgón de arte desde la UE: IEDMT, IVA e ITP sin confusiones

Guía principal: homologar un camión importado en España

1. Impuesto de matriculación (IEDMT)

El Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte (Ley 38/1992) no grava los camiones: los vehículos de categorías N2 y N3 son supuestos de no sujeción (art. 65.1.a.1º), no de exención. Para los N1 (hasta 3.500 kg de MMA) la no sujeción depende de que el vehículo esté afecto a una actividad económica, con presunción cuando el porcentaje de IVA deducible es de al menos el 50 %; la Dirección General de Tributos lo ha tratado, por ejemplo, en la consulta V3156-20. Si tu N1 no es afecto, es otra historia y puede sujetarse. En todos los casos hay que presentar el modelo 576 antes de matricular, aunque el resultado sea cero: sin él no hay matrícula, y no existe un plazo de 30 días para hacerlo después.

2. IVA o ITP: uno, nunca los dos

  • Si vende un profesional (concesionario, empresa de transporte que vende su flota), la operación va con IVA. Entre empresas con NIF-IVA válido, la venta intracomunitaria se factura sin IVA de origen y tú lo autoliquidas en España.
  • Si vende un particular, se aplica el ITP (modelo 620, entre el 3 y el 8 % según la comunidad autónoma; en Galicia, el 3 %), sobre el valor real del vehículo.
  • Nunca IVA e ITP a la vez por la misma compraventa.

Si el vendedor factura en régimen de bienes usados (REBU), no verás IVA desglosado. Revisa el tratamiento con tu gestor.

3. Arancel y aduana: no en el comercio intra-UE

Entre Estados miembros no hay arancel ni DUA. Si el camión viene de un país no comunitario, el régimen es distinto.

4. Impuesto de circulación e ITV

El IVTM lo fija cada ayuntamiento. La ITV de un vehículo de más de 3.500 kg es anual y semestral desde los 10 años; en uno de 3.500 kg o menos, exenta los dos primeros años, bienal de 2 a 6, anual de 6 a 10 y semestral después.

Cómo ordenar tu operación

  • Identifica la categoría (N1, N2 o N3) en la ficha técnica.
  • Identifica si el vendedor es profesional o particular y su régimen fiscal.
  • Calcula el coste con impuesto y transporte antes de comprar.
  • Presenta el modelo 576 antes de pedir la matrícula.

No damos cifras finales de impuestos: dependen de la comunidad, del vendedor y de tu actividad. Confírmalo con un gestor antes de reservar.

Truckalyze calcula el coste total con IEDMT, IVA o ITP según tu caso. Cuéntanos qué vehículo y desde qué país.

Este artículo ha sido elaborado con asistencia de inteligencia artificial y revisado por el equipo editorial de Truckalyze.

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